No Afectación del Impuesto de Bienes Inmuebles sobre Propiedades Únicas
Éste es un trámite que se puede gestionar ante la Unidad de Administración Tributaria, directamente con personeros del área de Valoraciones, para cuyo trámite se requiere lo siguiente:
Las certificaciones de Bienes Inscritos tienen que ser emitidas por el Registro Público de la Propiedad y también puede ser Certificación Notarial.
Las certificaciones las puede adquirir en la página del Registro Nacional, en el Banco de Costa Rica o en Correos de Costa Rica.
Atención: La solicitud de No Afectación debe de solicitarse todos los años indistintamente del monto por el que se declaró. Únicamente aplica cuando se tiene una sola propiedad a nivel nacional y la Administración Tributaria una vez conocida la solicitud deberá dictar una resolución al respecto. No se recibirá documentación incompleta.
¿Como llenar la Declaración Jurada y Solicitud?