Permisos de Construcción - Obra General
Según la Ley de Construcciones Artículo 1º.- Las Municipalidades de la República son las encargadas de que las ciudades y demás poblaciones reúnan las condiciones necesarias de seguridad, salubridad, comodidad, y belleza en sus vías públicas y en los edificios y construcciones que en terrenos de las mismas se levanten sin perjuicio de las facultades que las leyes conceden en estas materias a otros órganos administrativos.
Como parte de las estrategias Municipales para una mayor agilidad a la hora de solicitar servicios municipales, y gracias a las facilidades tecnológicas ahora contribuyentes podrán solicitar los Permisos de Construcción por Obra General sin la necesidad de visitar el Municipio.
Los requisitos para cualquier obra a construir se pueden visualizar desde el sitio APC del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
IMPORTANTE: Dicho trámite se realiza a través de APC del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos - CFIA
- Horario Laboral (L-V de 07:00 a.m. a 04:00 p.m.): 2773-3128 Extensión: 111, 114.
- E-mail: simplificaciondetramites@municotobrus.go.cr
Lunes 28 de agosto, 2023 | 10:50 am