Permisos de Construcción - Obra General

Según la Ley de Construcciones Artículo 1º.- Las Municipalidades de la República son las encargadas de que las ciudades y demás poblaciones reúnan las condiciones necesarias de seguridad, salubridad, comodidad, y belleza en sus vías públicas y en los edificios y construcciones que en terrenos de las mismas se levanten sin perjuicio de las facultades que las leyes conceden en estas materias a otros órganos administrativos. 

Como parte de las estrategias Municipales para una mayor agilidad a la hora de solicitar servicios municipales, y gracias a las facilidades tecnológicas ahora contribuyentes podrán solicitar los Permisos de Construcción por Obra General sin la necesidad de visitar el Municipio. 

Los requisitos para cualquier obra a construir se pueden visualizar desde el sitio APC del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.

 

IMPORTANTE: Dicho trámite se realiza a través de APC del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos - CFIA

 

Lunes 28 de agosto, 2023 | 10:50 am

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